Comunicado a la opinión pública
Area
SUBDIRECCIÓN DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y ASEGURAMIENTO
Grupo Destinatario
OPINION PUBLICA
Asunto
COMUNICADO TOMA DE MEDIDA CUIDAR G-8
La Dirección Territorial de Salud de Caldas se permite informar a la opinión pública en
base a lo dispuesto en el artículo 2.5.3.7.37 del Decreto 780 del 2016 con relación al
principio de publicidad de las medidas sanitarias y en ejercicio de sus funciones y
competencias contempladas en la Ley 715 de 2001, relacionadas con la Inspección,
Vigilancia y Control frente a los prestadores de servicios salud registrados en el REPS
-Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud- en el territorio caldense, realizó
visita de Inspección, Vigilancia y Control al prestador de servicios de salud CUIDAR G-8
desde el día 19 al 27 de julio de la presente anualidad.
En visita se evidenció que el prestador no daba cumplimiento a lo establecido en el
artículo 2.5.1.3.2.7 del Decreto 780 de 2016 con relación a la Inscripción en el Registro
Especial de Prestadores de Servicios de Salud y su responsabilidad de dar cumplimiento
y mantenimiento a los estándares y criterios aplicables del servicio; por lo que el grupo
técnico de verificadores de la DTSC, procedió con la toma de medida consistente en la
Clausura temporal total del establecimiento según lo dispuesto en el artículo 576 Ley 9 de
1979.
Así mismo, se estableció un término de 5 días hábiles para la reubicación de los pacientes
en Instituciones que se encuentren habilitadas y que cuenten con los servicios
debidamente registrados en el REPS y 3 días hábiles para presentar y radicar ante la
Dirección Territorial de Salud de Caldas, oficina de habilitación, el plan de contingencia
desplegado para dicha reubicación, esto con el fin de salvaguardar el derecho
fundamental a la salud de la población Caldense.
Fecha de publicación 05/08/2022
Última modificación 27/05/2023