Comunicado a la opinión pública
La Dirección Territorial de Salud de Caldas y la Gobernación de Caldas informan a la opinión pública que acatan y respetan los fallos judiciales y frente al proceso de un fallo de tutela manifiestan que:
Es una situación que se origina con ocasión del Proceso Público de Selección No. 698 de 2018 – Convocatoria Territorial Centro Oriente, adelantado por la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC), el cual fue visible a toda la ciudadanía a partir del mes de octubre de 2018, como se explica a continuación:
Un colaborador de la entidad que llevaba más de 20 años, y que se encontraba nombrado en provisionalidad cursó las etapas del concurso de méritos sin lograr obtener un puntaje que lo clasificara en la lista de elegibles. Así las cosas, la lista de elegibles quedó conformada por otros profesionales que superaron con éxito todas las pruebas, bajo el principio de mérito.
La DTSC en respeto del mérito nombró al ganador del concurso, quien después de posesionarse presentó renuncia por razones médicas. Ahora bien, por indicaciones del Departamento Administrativo de la Función Pública se implementaron una serie de acciones afirmativas en procura de no desamparar a personas como el funcionario en cuestión. Así las cosas, la entidad nombró al accionante en el mismo cargo después de la renuncia de quien ocupó el primer lugar, hasta tanto la CNSC autorizara hacer uso de la lista de elegibles de la persona que ocupó el segundo lugar, no obstante, dicho nombramiento fue rechazado por el accionante.
En este orden de ideas y pese a no existir cargos disponibles dentro de la planta global de la DTSC de igual o superior jerarquía ni condiciones presupuestales para crear nuevos cargos, la DTSC procederá a dar cumplimiento al fallo de tutela y adicionalmente en salvaguarda de los intereses de la ciudadanía caldense y de los recursos de la salud se iniciarán diversas actuaciones judiciales. Esto considerando a criterio de la DTSC que el fallo presenta serias inconsistencias que merecen ser revisadas por el operador judicial que corresponda.
Fecha de publicación 12/02/2021
Última modificación 28/05/2023