Territorial de Salud ratifica que las medidas que restringe las aglomeraciones son necesarias para evitar contagios de Covid-19. La entidad asegura que los ciudadanos deben ser responsables para que no se agudicen estas restricciones
El Ministerio del Interior emitió una circular en la que restringe la venta de bebidas alcohólicas en bares y restaurantes de municipios y departamentos que reportan una ocupación superior al 70% en las Unidades de Cuidado Intensivo por COVID-19.
La circular expedida conjuntamente por los Ministerios del Interior y de Salud, tiene carácter de cumplimiento inmediato para las zonas en donde los casos de coronavirus se han incrementado.
Actualmente el departamento de Caldas reporta una ocupación de camas UCI del 68%, es decir que está solo a dos puntos porcentuales del límite de ocupación. Lorena Gómez, Subdirectora de Salud Pública, hizo un llamado a la comunidad caldense para reforzar el autocuidado en esta época de integración familiar y donde las aglomeraciones se dan cotidianamente para la celebración de fechas especiales.
En este orden de ideas, los primeros mandatarios podrán restringir la venta y el consumo de bebidas embriagantes a partir de las 10 de la noche en bares y restaurantes, “En aquellos municipios que registren disponibilidad de UCI menor al 30%, se limitará el piloto de consumo de licor en bares y restaurantes hasta las 22:00 horas a partir de la presente, hasta tanto persista la situación”, indica el documento.
Anexo
Audio Lorena Gómez Giraldo, Subdirectora de Salud Pública. Escuche Aquí
Fecha de publicación 18/12/2020
Última modificación 28/05/2023